Por Redacción Grupo La Verdad
Entre las reformas que propone la «ley ómnibus» enviada por Javier Milei al Congreso de la Nación, con 664 artículos distribuidos en 351 páginas, se busca introducir la modificación de la Ley 26.657 de «Derecho a la Protección de la Salud Mental».
Uno de los cambios consiste en habilitar a jueces a facilitar la internación de personas con alguna afección de este tipo, eliminar la prohibición de crear nuevos neuropsiquiátricos, así como la participación de organismos especializados y asociaciones civiles en el órgano de revisión.
El artículo 5 de la Ley 26.657 señala que «la existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad, lo que sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado».
La propuesta por el Gobierno pasaría a señalar que dicho diagnóstico «por sí solo no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad» y propone que ante «situaciones particulares del caso frente a elementos concordantes y de convicción que así lo indiquen, el juez podrá adoptar medidas de atención urgentes y deberá posteriormente realizar la correspondiente evaluación interdisciplinaria».
Familiares de pacientes celebraron esta semana “que por fin se hayan decidido a poner sobre la mesa la ley de salud mental 26.657 a la que no estamos en contra, sino que creemos que quedó vieja y que cuando se hizo, no intervinieron las personas que debían intervenir, como psiquiatras, médicos y especialistas. Respecto a los artículos que propone la ley ómnibus, queremos sentarnos en una mesa con los legisladores discutir estos cambios que nos parecen muy interesantes que nos ayudan y que van a ayudar a las madres que están desesperadas”.
La Ley 26.657 de Salud Mental y Adicciones fue promulgada en diciembre de 2010 y desde su entrada en vigencia planteó claroscuros. Los dos puntos más discutidos por los familiares son las dificultades para llevar adelante una internación involuntaria del paciente que sufre trastornos mentales o adicciones, y la pretensión de cerrar los hospitales psiquiátricos o centros de internación de salud mental para ser reemplazarlos por centros de salud especializados.

No estigmatizar ni discriminar
En Junín, la médica especialista en Psiquiatría Gabriela Martínez sostuvo ante la consulta de Grupo La Verdad que este proyecto “está impulsado en parte por profesionales interesados en evitar la estigmatización y la discriminación del paciente psiquiátrico”.
La profesional además cree que “hay que paliar toda esta pandemia post pandemia. Esta es una pandemia en salud mental”.
Seguidamente la doctora Martínez expuso que “esta ley lo que intenta hacer, y creo que vamos por el buen camino, es importante. Logramos que nos escuchen como profesionales de la salud mental, hemos trabajado mucho con nuestros pacientes, comprometidos con los pacientes y con sus familiares. Según la Ley 23.592 el rechazo a atender a todo paciente con adicciones se considera discriminación. En esta ley se intenta que cambie el cuerpo que atiende al paciente”.
La especialista en Psiquiatría advirtió en el mismo sentido que “lo que buscamos es que se modifiquen artículos como el 27, el 39, el artículo 5, el 20, que hablan del médico, que este pueda indicar la internación, que sea de una sola firma, que el juez esté autorizado para internar y que el cuerpo luego evalúe”.
En la continuidad de la nota consideró que una persona adicta, bipolar o psicótica “no está en condiciones” de discernir qué es lo mejor y a la larga va a comprometer más su propia salud y la de terceras personas.
“Nosotros teníamos la posibilidad de internar, estamos inmersos en un mundo en el que hay que tratar de cambiar la política. Tenemos que trabajar en equipo, los médicos no somos hegemónicos. Hay un montón de pacientes que están consumiendo, que se están matando, y si esta ley no se modifica vamos a seguir siendo cómplices de eso”, reseñó la entrevistada.
“Estuvimos con Marina Charpentier, con la doctora Marcela Campagnoli, con el capítulo de Políticas Públicas al que orgullosamente pertenezco, quienes están poniendo el cuerpo y el alma para todo esto. Nosotros no tenemos ningún beneficio económico, ni hay conflictos de intereses políticos. Muchas veces hay que internar pacientes y no tenemos lugar. La ley necesita modificaciones, tratamos de ayudar a la gente a salvar su propia vida. Parece que los legisladores ahora están entendiendo esto. La ley actual no fue hecha a conciencia y fue promulgada entre gallos y medianoche”, cuestionó Martínez.
Y acentuó: “Tiene que haber un hospital monovalente, psiquiátrico, como lo hay para otras especialidades, tiene que haber un área, un ala para internar. El Gobierno de Junín apoya esto, nosotros el año pasado iniciamos campañas de prevención con hábitos saludables, des estigmatizando la consulta médica y acercando al cuerpo profesional. Presenté el proyecto, fue aceptado, y vamos a seguir trabajando en él. Con capacitación y prevención tenemos que empezar a trabajar desde el nivel pre escolar, ese es uno de los ejes que tenemos que tener en cuenta para la población infanto – juvenil”.
Propuestas de cambio
El proyecto de ley “Fundamentos y Bases para la Libertad de los Ciudadanos Argentinos” propone cambiar ocho artículos de la actual Ley de Salud Mental y así hacer lugar al reclamo que vienen realizando no sólo los profesionales sino también los familiares de los pacientes.
Entre las modificaciones más destacadas que plantea el proyecto de Milei sobresale autorizar a los jueces para facilitar la hospitalización involuntaria en ciertos casos, y eliminar la prohibición de crear nuevos centros de salud mental y neuropsiquiátricos.
El texto modificatorio introduce cambios en el artículo 11, por ejemplo, en el que incluye áreas de «rehabilitación» en salud mental comunitaria y añade a la lista de dispositivos a promover las «comunidades e instituciones terapéuticas».
El artículo 20 de la Ley de Salud Mental que todavía sigue vigente determina que la internación involuntaria de una persona «debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios». En ese sentido detalla que «sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mental mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros».
La reforma busca modificar este artículo y habilita la posibilidad de internaciones involuntarias «cuando no logre adherencia a los abordajes ambulatorios y presente una falta de conciencia de enfermedad que afecte su capacidad de discernimiento y que implique una grave vulneración a su salud integral».
En el caso de los menores de edad establece que las internaciones involuntarias podrán darse «cuando, a pedido de ambos padres o de quien/es ejerzan la responsabilidad parental, tutor o a requerimiento del Juez previa solicitud del órgano administrativo competente, se trate de un menor de edad que padece adicción a sustancias psicoactivas que comprometa gravemente su salud integral o desarrollo psicofísico».
En la ley que rige actualmente, está explicitado que «el equipo de salud está obligado a externar a la persona o transformar la internación en voluntaria, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 16 apenas cesa la situación de riesgo cierto e inminente», en tanto que la nueva redacción establece esa obligación «apenas cesan las circunstancias que le dieron motivo en los términos del artículo 20».
En el artículo 27 de la ley vigente se prohíbe «la creación de nuevos neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados». Esta medida busca ser derogada por el nuevo proyecto que la reemplaza por un texto que señala que estos centros de salud «deberán funcionar conforme a los objetivos y principios expuestos, y de acuerdo a las reglamentaciones que establezca la autoridad de aplicación».
En ese sentido, aunque la normativa actual determina que «las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales», el nuevo proyecto del Poder Ejecutivo señala que «deben realizarse en instituciones adecuadas».
Otro cambio relevante en la Ley de Salud Mental es que en la norma vigente «el Órgano de Revisión debe ser multidisciplinario, y estará integrado por representantes del Ministerio de Salud de la Nación, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa, de asociaciones de usuarios y familiares del sistema de salud, de los profesionales y otros trabajadores de la salud y de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos», mientras que en el nuevo proyecto «debe estar conformado por equipos multidisciplinarios y cada equipo estará integrado por un médico psiquiatra, un psicólogo, un técnico especialista en adicciones, un técnico especialista en cuestiones de niñez y adolescencia y un abogado especialista en la materia».
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