Mediante Resolución SC 1719/26 se dispuso poner en conocimiento el documento denominado Reglamento para el desarrollo y uso responsable de la Inteligencia Artificial de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte del pronunciamiento.
Asimismo, por Resolución RP 747/26 se decidió la apertura de un proceso de consulta participativa desde el 24 de junio hasta el 7 de agosto del corriente año inclusive. El propósito es que magistrados, funcionarios, agentes, colegios profesionales, instituciones académicas y demás interesados formulen observaciones y aportes al proyecto, los cuales deberán presentarse a través del siguiente FORMULARIO.
A su vez se crea la «Comisión de Gobernanza y Uso de Inteligencia Artificial (IA)», para que actúe como autoridad de aplicación, con las funciones, atribuciones y obligaciones que oportunamente se aprueben, la cual se integra por las Secretarías de Planificación, de Tecnología Informática y de Servicios Jurisdiccionales de SCBA, ejerciendo sus funciones de manera conjunta.
En esta instancia la mencionada Comisión tiene a su cargo la elevación de un informe al Tribunal, que de cuenta de las opiniones recibidas en la instancia de consulta participativa, a las que se sumarán los aportes realizados por las secretarías actuarias de la SCBA.
Alcance
La disposición dictada por la SCBA establece que, hasta tanto se apruebe la versión definitiva, el contenido del proyecto tiene carácter orientador y no vinculante.
Se añade que el uso de herramientas de IA no exime de su plena responsabilidad al operador judicial, por el contenido, validez y legalidad de los actos en los que aquellas hubieren intervenido, debiendo en todos los casos ejercer un control sustantivo, efectivo y documentado sobre los resultados producidos por dichos sistemas, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiere corresponder al proveedor de la herramienta conforme la normativa aplicable.
En esa línea, se recuerda a los magistrados, funcionarios, agentes y a todo operador judicial que la función jurisdiccional es indelegable e insustituible. Bajo ninguna circunstancia se puede delegar en una IA la toma de decisiones judiciales que impliquen la resolución del proceso o procedimiento administrativo, la valoración de pruebas o la construcción del razonamiento jurídico que fundamenta una resolución o sentencia.
Lo propio en cuanto al tratamiento de datos personales mediante sistemas de Inteligencia Artificial, el que debe ajustarse estrictamente a lo dispuesto por la Ley Nº 25.326 de Protección de los Datos Personales y su normativa reglamentaria, asegurando la confidencialidad, integridad y seguridad de la información.
Por último, se prevé comunicar vía electrónica sobre lo resuelto a todos los órganos de la Administración de Justicia, al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la provincia de Buenos Aires, al Colegio de Abogados provincial y la Asociación Judicial Bonaerense.
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