Por Redacción Grupo La Verdad
El presidente Milei criticó días pasados la figura legal del femicidio a la par que el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, dijo que el Gobierno iba a eliminar la figura del femicidio del Código Penal Argentino “porque esta administración defiende la igualdad ante la Ley consagrada en nuestra Constitución Nacional y porque ninguna vida vale más que otra”.
En Argentina, la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se creó en 2009, teniendo como principal desafío “lograr la equidad de género tanto en relación a quienes utilizan el sistema de justicia como para los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial”. En tanto, en 2014, el máximo tribunal le encomendó a la Oficina de la Mujer la elaboración del Primer Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina.
Para ese entonces se carecía de una palabra para expresar la forma más extrema de violencia contra las mujeres, producto de las relaciones inequitativas entre los géneros, por eso, fue necesario acuñar un nuevo término femicidio.
Nuestro país, asimismo, es parte de los principales tratados internacionales en materia de los derechos de las mujeres. Además de Argentina, todos los países de América Latina -excepto Cuba y Haiti-, aprobaron leyes que penalizan el femicidio.
Estos anuncios de Milei y Cúneo Libarona reabrieron un debate que generó, como era de esperar, contraposiciones marcadas.
En Junín, al respecto, Grupo La Verdad consultó a voces autorizadas, profesionales en la materia, quienes aportaron sus puntos de vista:
Ochoaizpuro: “Veo con buen ojo
que se trate de hacer una reforma”
En principio, Javier Ochoaizpuro, el ex fiscal del Departamento Judicial de Junín y actual consultor en Derecho Penal y Económico, manifestó respecto a esta iniciativa del gobierno nacional: “Veo con buen ojo que se trate de hacer una reforma que contemple esta situación, aunque no así si es solamente para cumplir con una promesa de campaña, ya que no se llegaría a satisfacer con lo que jurídicamente muchos venimos reclamando”.
Luego, expuso que “es un tema profundo, sensible y que genera muchos debates, y la raíz filosófica de todo esto no es solamente un discurso o propuesta política, como cuando se implementaron los cambios o ahora que se quieren derogar”, y ahondó: “las cuestiones de género no solamente pasan en Argentina, sino que se debaten en todo el mundo y a nivel global”.
Seguidamente, el docente explicó que “el hecho que se mate a una mujer sin otro motivo ni elemento subjetivo viola todo lo filosófico que el derecho desarrolló como para justificar las penas o entender la impronta finalista del Derecho Penal”, y amplió: “El inciso 4 del Código Penal establece los agravantes en un caso de homicidio cuando se producen por placer, codicia y la cuestión de género que se incorporó, pero si se quiere castigar con mayor fuerza por algunas de estas situaciones no sería necesario que el femicidio sea una figura autónoma”.

Martorelli: “Partimos de
una problemática social”
En tanto, la doctora Ana Paula Martorelli, consultada al respecto por Grupo La Verdad, señaló que “este es un tema complejo, creo que seguimos en tiempos que vienen revueltos desde hace años. Lo concreto es que partimos de una problemática social, que se está destapando”.
La letrada dijo además que “cada vez que se hace mención a una posible reforma del Código Penal aparecen posturas opuestas, y no se desentrama realmente cuál es el fondo de la cuestión. Cuando se propuso una reforma de este tipo en el 2012, cuando empezó esta lucha por incorporar la figura del femicidio al Código Penal. Necesitamos hoy discutir más y desentramar qué hay detrás de esto. La figura de femicidio no es una palabra en sí que reconozca la Real Academia Española, es un concepto coloquial, contextualizado en otras épocas”.
A su vez la doctora Martorelli subrayó que “hay un constructo social que hay que diferenciar, distinguirlo y ponerle palabras. Estamos permanentemente en cambio, creo que lo importante es tener en claro que en nuestro Código Penal el agravante por el vínculo siempre existió ante un homicidio. Incorporar una terminología, explícitamente, es un atajo para no tener que demostrar cuál es el agravante. Lo que tenemos que ver siempre es la particularidad de cada caso en esta igualdad ante la ley, que es la premisa constitucional”.

De Ciervo: “Por ahora lo único que
tenemos es un anuncio político”
El abogado penalista Darío De Ciervo desmitificó el tema de la figura penal del femicidio: aseguró que no se aplica sólo porque la víctima sea mujer, sino que requiere presentarse un contexto de violencia de género previa. El profesional realizó aclaraciones al respecto, ante el anuncio gubernamental de que se eliminaría esta figura con la explicación de que se busca “igualdad”, cuando la ley procura proteger a la mujer por su estado de vulnerabilidad.
“Por ahora lo único que tenemos es un anuncio político bastante confuso, mezclado con un montón de temas que merecen un debate más profundo. Se habla de la eliminación del femicidio con la excusa de la igualdad, pero en realidad hay un error conceptual: no es cierto que el homicidio de un hombre agrava la figura, sino que debe ser en un contexto ambiental de violencia de género”, señaló.
De Ciervo explicó que “no se considera femicidio solo por el hecho de que la víctima sea una mujer, sino que el agravante califica cuando se acredita el contexto de maltrato sistemático anterior y una sumisión de la víctima, un estado de vulnerabilidad”.
“También está la cuestión para analizar que es que el país adhirió a tratados internacionales que tienen como objetivo la erradicación de todo signo de violencia contra la mujer, con lo cual Argentina está obligada a llevar adelante prácticas internas para la protección de la mujer en estado de vulnerabilidad”, agregó.
El abogado dijo que “hay que tener en cuenta que no hay una situación de igualdad previa, en algunos casos, de modo que el Estado no puede ser indiferente ante las diferencias. El agravante califica porque el hombre denota una mayor peligrosidad, impulsividad, etc. y la mujer un mayor estado de indefensión y menor posibilidad de resistir ante el victimario, que es el principal argumento en casos de femicidios”.
En este marco, apuntó que “creo saber hacia dónde va el anuncio político, que tiene que ver con una batalla contracultural, que también abre otras discusiones, como por ejemplo preguntar qué pasó con la perspectiva de género que es de aplicación obligatoria por parte del Estado, de ninguna manera se habilitó a los operadores judiciales a resignar las garantías individuales. Ahí tenemos un problema, porque el sesgo y el desprecio por las garantías individuales lo que produce es un mayor riesgo de violencia.
De Ciervo remarcó que “en general, no estoy de acuerdo con que haya una tendencia a la igualdad en situaciones donde la mujer se encuentra en un estado de vulnerabilidad ante el victimario, y la figura de femicidio incide en el contexto de violencia de género”.
A la vez, agregó: “Hay otro inciso en la ley en el que se agrega el odio al género como agravante, que tampoco es automático por el solo hecho de que la víctima sea mujer, sino que requiere un odio importante hacia el género que es muy difícil de probar. Es como el odio racial, religioso, son sentimientos subjetivos de difícil prueba”.

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