Efectivos del Comando de Prevención Rural local, a raíz de registrarse durante el último tiempo varios llamados, en relación a equinos sueltos en la vía publica y con todo el peligro que conlleva para los transeúntes y los fines de evitar accidentes se llevó a cabo con personal del Area de Control Ciudadano Municipal distintos procedimientos para el secuestro de animales y puesta a disposición de la justicia.
En un trabajo coordinado con el Sistema «Ojos en Alerta», se labraron infracciones en el marco de la Ordenanza Municipal N° 8357, la cual limita la presencia de animales de ganado mayor o menor, en vías o espacios públicos urbanos o suburbanos.
Efectivizándose el secuestro de 2 equinos, uno en la nueva Estación de Micros, mientras que el otro equino se encontraba suelto, en la intersección de las calles de Lebensohn y 2 de Enero, generando peligro tanto para el tránsito vehicular, como para el peatonal.
Estas infracciones una vez labradas, se le da intervención al Juzgado de Faltas local, quien dispone que el animal sea alojado en un predio dispuesto por el Municipio, hasta tanto el infractor regularice la situación ante el organismo interviniente.
Que dice la ordenanza
La Ordenanza vigente tiene en sus fundamentos dos artículos muy importantes, a saber:
ARTICULO 2°.- Prohibición de Presencia de Animales del Ganado Mayor y Menor en Predios Privados Situados en Zonas Urbanas. Queda prohibido dentro de la zona o ejido urbano del Partido de Junín, la presencia de animales correspondientes al ganado mayor o menor en terrenos y/o propiedades privadas.
ARTICULO 5°.- Objeto. Esta Ordenanza tiene por objeto:
- a) Erradicar la práctica, presencia y permanencia de animales del ganado mayor o menor en espacios y lugares públicos o de uso común;
- b) Concientizar sobre los riesgos ciertos y concretos que para la seguridad vial conlleva la presencia y permanencia de estas especies animales en espacios o lugares públicos o de uso común;
- c) Delimitar las zonificaciones donde estas especies pueden permanecer y no generar riesgos a la seguridad vial de la población como a la vida e integridad física y bienes de las personas humanas;
- d) Prevenir y evitar la accidentología provocada por la presencia y permanencia de equipos en espacios públicos o de uso común como en lugares no permitidos; y
- e) Establecer y dotar al poder de policía municipal de normas, mecanismos y herramientas de acción directa, que permitan intervenir en forma inmediata para erradicar, prevenir y evitar situaciones que puedan ocasionar accidentes que pongan en peligro la vida e integridad física de las personas humanas y sus bienes como de especies de animales equinas.







