ARCA oficializó la norma que busca brindar “mayor claridad a los consumidores finales” sobre la carga tributaria que inciden en los precios.
La Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA) reglamentó este viernes el régimen de transparencia fiscal, que entrará en vigencia desde el 1° de enero y, en una primera etapa, obliga a las grandes empresas a discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos que inciden en los precios que pagan los consumidores finales.
La medida que es obligatoria fue formalizada a través de la resolución 5614 en el Boletín Oficial y establece que su implementación será de forma escalonada y se extenderá hasta principios de abril. Así, la primera etapa del régimen estará orientada a las grandes empresas. Para el resto de los contribuyentes, habrá un plazo opcional hasta el 1° de abril.
De esta manera, todos los comprobantes deberán tener una línea en donde se detalle el monto correspondiente al impuesto al valor agregado y, cuando sean emitidos por una empresa grande, también indicarán los impuestos internos que incidan en el precio final que paga el consumidor.
Desde la gestión de Javier Milei buscan brindar “mayor claridad a los consumidores finales sobre qué impuestos inciden en los precios” y que “puedan contar con información para tomar sus decisiones comerciales con plena libertad”.
El organismo que encabeza Juan Pazo subrayó que el régimen de transparencia fiscal aplica a los comerciantes y promovedores. En tanto, los consumidores no tendrán realizar ningún tipo de trámite. A su vez, indicaron que utilicen un “webservice propio” deberán adecuar sus sistemas o software de facturación para incluir la información requerida.
Desde la exAFIP enumeraron los cambios que regirán en los tickets, facturas y comprobantes emitidos en todo el país a partir del miércoles 1° de enero del 2025. A continuación, todas las claves a tener en cuenta:
Desde el 1° de enero, están obligadas las grandes empresas a discriminar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales indirectos.
El plazo límite para el resto de los comerciantes y proveedores es hasta el 1° de abril.
El consumidor no debe hacer ninguna operación ni trámite.
En la factura o ticket de compra leerán la leyenda: “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)″.
Para los contribuyentes que utilizan la facturación electrónica, la discriminación del IVA se verá reflejado de forma automática desde enero. (DIB)