La pulseada legal entre las plataformas digitales y el Estado bonaerense sumó un capítulo determinante que consolida el poder de fiscalización del “metro cuadrado”. La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires denegó el recurso extraordinario federal presentado por Repartos Ya S.A. (empresa que opera bajo el nombre de Pedidos Ya), cerrándole el camino para llegar a la Corte Suprema de la Nación. Con esta decisión, permanece vigente el criterio central de la sanción aplicada por el Ministerio de Trabajo provincial, conducido por Walter Correa, respecto a la situación laboral de los repartidores.
La resolución, fechada el 5 de agosto de 2026, desestimó los argumentos de la empresa por considerar que no realizó una “crítica eficaz” de lo decidido anteriormente y que se limitó a repetir fundamentos ya examinados. Además, el máximo tribunal provincial descartó que existiera un supuesto de “gravedad institucional” que habilitara la instancia federal.
La causa se remonta a julio de 2020, cuando el Ministerio de Trabajo realizó una serie de inspecciones en distintas localidades bonaerenses. En aquel procedimiento se relevaron 71 personas realizando tareas de reparto. Mientras que la empresa solo reconoció a un trabajador en relación de dependencia, sostuvo que otros 62 eran “prestadores autónomos” vinculados por contratos de locación de servicios, y negó cualquier vínculo con los ocho restantes.






