El Gobierno anunció que limitará la cobertura de los tratamientos de hormonización y las intervenciones quirúrgicas para cambio de sexo en los menores. En conferencia de prensa grabada con antelación, se dio a conocer también que el Poder Ejecutivo derogará el artículo de la norma que permitía a los menores de 18 registrar su nuevo nombre y sexo.
“A partir de ahora, los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, ya no deberán garantizar este tipo de prácticas, por lo que dejarán de estar incluidas en el Plan Médico Obligatorio (PMO)”, ampliaron desde el Ministerio de Salud de la Nación.
El PMO es la canasta básica de prestaciones que deben garantizar todas las coberturas a la población. La modificación de dos artículos de la denominada Ley de Identidad de Género, por la Ley N° 26.743, llega tras la marcha la marcha LGBTQI+ del fin de semana pasado en repudio del discurso del presidente Javier Milei durante la reunión en Davos.
Los cambios a la norma incluyen la derogación del artículo 5, que permitía a los menores de 18 cambiar el sexo, el nombre de pila y la fotografía del documento de identidad en el Registro Nacional de las Personas. A la vez, al modificar el artículo 11, en adelante, los menores de edad “ya no podrán realizarse intervenciones quirúrgicas totales o parciales o tratamientos integrales hormonales para modificar su cuerpo, incluidos sus genitales”, ampliaron en Salud.
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