La presidenta del bloque de senadores nacionales de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, ratificó que el dictamen final del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada incluirá un tope del 25% a la extranjerización de tierras a nivel nacional, diez puntos porcentuales más que con la normativa vigente.
Así lo indicó en una conferencia de prensa que tuvo lugar en el Salón de las Provincias de la Cámara alta, donde reconoció que «por pedido de la oposición constructiva se puso un límite razonable» como el que tiene Brasil.
También ratificó que se quitará el tope de 1.000 héctareas transferibles a manos extranjeras en la zona núcleo que está estipulado en la normativa actual, que la ex ministra de Seguridad denominó «Ley Máximo Kirchner» pese a que el líder de La Cámpora no era ni legislador ni funcionario cuando se sancionó a fines del 2011.
«Sacamos el límite de municipalidad, de departamento y de provincia porque es ridículo», agregó Bullrich.
Al concluir la conferencia, fue abordada por la prensa sobre su pronóstico sobre la votación del capítulo de tierras el próximo jueves y al respecto dejó entrever que las cuentas están muy ajustadas: «Se gana por un voto».
En el festín de documentos que volaron durante las recientes semanas siempre se mantuvo la prohibición “para la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros”. Distinto caso para “la adquisición de tierras rurales por parte de personas jurídicas, cualquiera sea su naturaleza jurídica o denominación, así como de agrupaciones de colaboración, uniones transitorias de empresas y demás vínculos asociativos, todos ellos con participación estatal extranjera directa o indirecta”, que podrán hacerlo si existiera “autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional”.
Sobre el final de esa sección se aclara -y Bullrich lo defendió como si fuese algo trascendental- que “el Poder Ejecutivo Nacional no podrá delegar esta potestad de autorización en un funcionario con rango menor a Secretario de Estado”. Lo importante es lo siguiente a todo esto, donde aparece que “la titularidad de tierras rurales por personas humanas o jurídicas extranjeras no podrá exceder, en conjunto, el VEINTICINCO POR CIENTO (25%) de la superficie de las tierras rurales de cada provincia”.






