El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el proyecto de “ley ómnibus” que propone un centenar de modificaciones de leyes vigentes, entre ellas legalizar la reventa de entradas para eventos deportivos.
La Cámara de Diputados de la Nación, presidida por Martín Menem, recibió en manos del ministro del Interior, Guillermo Francos el proyecto de ley denominado «Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos» que contiene más de 600 modificaciones.
Dentro de ese enorme proyecto que desregula la economía, sugieren incorporar un artículo a la Ley N°23.184. El artículo que sugieren es el 14 bis y establece que “las entradas deportivas pueden ser revendidas sin límite de las veces que pueda realizarse dicha operación».
«El encargado de ventas de entradas no podrá imponer restricciones a dicha reventa. En los casos de entradas nominativas el encargado de ventas de entradas deberá permitir la reventa a través de un mecanismo electrónico. Para las ventas a través de dicho sistema las entidades deportivas podrán cobrar una comisión que no supere el 5% del precio acordado, pero no podrá limitar sus precios”, agregan.
Además, propone derogar el artículo 25 de la mencionada ley que afirma: “El encargado de venta de entradas, que no ofreciere manifiestamente la totalidad de las localidades disponibles, o las vendiere en condiciones diferentes a las dadas a conocer por el organizador del espectáculo será sancionado con cinco a quince días de arresto. El que las revendiere, de un modo que dé motivo a desórdenes, aglomeraciones o incidentes, será sancionado con cinco a quince días de arresto”.
SANCIONES
En la actualidad, la reventa de tickets representa una contravención. El Artículo 91 del Código Contravencional porteño advierte que “quien revende, por cualquier medio, con fines de lucro, una o más entradas para un espectáculo masivo, de carácter artístico o deportivo, es sancionado/a con multa de dos mil ($2.000) a treinta mil ($30.000) pesos o dos (2) a diez (10) días de arresto”.
“Cuando estas conductas fueran cometidas por cualquier persona responsable de la organización, con su participación o connivencia, es sancionado/a con multa de diez mil ($10.000) a cincuenta mil ($50.000) pesos o tres (3) a treinta (30) días de arresto. Si la realización de cualquiera de estas conductas produjere alteraciones al orden público, la escala de la sanción se eleva al doble. Igual incremento de pena corresponde cuando el interviniente se dedicare reiteradamente a estas actividades”, concluye.
Y LAS SAD
Todo esto se supo unas horas después de que Javier Milei hablara nuevamente de las SAD en el fútbol, como propuso en una de sus medidas iniciales. «No sólo hay una cuestión… Primero porque hay muchas inversiones esperando. Hay muchos clubes de fútbol internacionales que quieren invertir en la Argentina. No hace falta que diga que Argentina es una cuna de cracks. Entonces, hay un montón de negocios para hacer con el caso argentino. De repente, podría estar representando en un lapso muy corto de tiempo inversiones por más de mil millones de dólares», sostuvo el presidente en una entrevista.
«En este contexto, donde estamos ajustando y necesitamos una rápida respuesta… De hecho, apenas salió el decreto, el Chelsea se vio interesado en invertir en la Argentina. Y después tiene otro tipo de cuestiones, que hacen al debate», agregó.