Por Redacción Grupo La Verdad
La Cámara de Diputados convirtió en ley un proyecto que elimina el trámite de actualización de “fe de vida” que deben presentar jubilados y pensionados que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas para el cobro de sus haberes mensuales.
La iniciativa fue aprobada por 170 a 3 votos en una votación a libro cerrado donde se sancionaron otros proyectos referidos a acuerdos internacionales, entre otros dictámenes, en el último tramo de una sesión que se extendió por más de trece horas. El proyecto para modificar la ley 26.704 ya había sido aprobado por el Senado el pasado 13 de abril.
De esta manera “queda sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario o beneficiaria como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales”, de acuerdo a lo expresado en la normativa.
Trámites adicionales
Además, “en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación” jubilatoria “más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice”.
Actualmente, de los aproximadamente 7,3 millones de jubilados y pensionados del sistema previsional, más de 3,2 millones no deben presentar su fe de vida a partir de acuerdos entre el Estado y algunas entidades bancarias, en su mayoría, del sector público. Con la actual sanción, se elimina la obligatoriedad para todos.
Promulgación
Sobre este tema, Grupo La Verdad habló con la titular de la UDAI I de Anses en Junín, Carolina Echeverría, quien explicó que “ahora hay que esperar que la ley sea promulgada” y apuntó que “durante la pandemia ya se había suspendido esa reglamentación y luego hubo varias suspensiones mes a mes”. En esa línea, aclaró que los bancos oficiales como Provincia y Nación ya la habían dejado de solicitar.
Asimismo, puntualizó que “lo que tiene que ver con la solicitud de supervivencia corre exclusivamente por disposición de los bancos y no como un requisito de Anses” y detalló: “las entidades financieras fueron implementando distintos tipos de variantes como el uso de la tarjeta de débito, crédito, ir a cobrar por caja, el uso de las terminales de autoservicio en las oficinas de Anses, entre otras”.
“Es algo tedioso para el beneficiario tener que hacer esos trámites, con lo cual costaba cumplir. Finalmente llegamos a que se trató el proyecto en el Congreso y salió”, completó la funcionaria y reiteró: “falta la promulgación”.
Luego expresó, en cuanto a la designación de apoderados para poder cobrar los haberes de los jubilados y pensionados, que es una situación que se tramita en las oficinas de Anses. Cuando se trata de un familiar directo se realiza con DNI pero cuando no es así se requiere un certificado médico o residencia geriátrica que indique que el titular no se puede movilizar.
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