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Bragado contra los «cortes» de motos: buscan controlar los ruidos de los caños de escape adulterados

Bragado contra los «cortes» de motos: buscan controlar los ruidos de los caños de escape adulterados

Redacción Grupo La Verdad por Redacción Grupo La Verdad
30 julio, 2026
en la categoría Regionales
Tiempo de Lectura:2 min para leer
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El Concejo Deliberante de Bragado aprobó una ordenanza que prohíbe la circulación y el estacionamiento de vehículos con caños de escape no reglamentarios, una herramienta dispuesta por el Juzgado de Faltas de la localidad que habilita actuaciones frente al ruido que, adrede, causan las motos adulteradas.

Por su parte, el juez Franco Hernández detalló en diálogo con LU9 Radio Mar del Plata cómo funciona la norma y planteó que otros municipios de la Provincia podrían adoptar un esquema similar.

Vale señalar que en Mar del Plata está vigente una ordenanza contra los escapes modificados desde 2024, pero enfrenta cuestionamientos por su aplicación. Hernández insistió en que la sanción es apenas una parte de la solución y que el eje pasa por la educación en la casa y en la escuela.

En diálogo con el programa «Pasen y vean», Hernández explicó que la ordenanza nació a partir de las defensas de los propios infractores. Hasta ahora, quienes eran sancionados argumentaban que la moto «no estaba en circulación» al momento del secuestro, un planteo que complicaba la actuación municipal. Con la nueva norma, dijo, «se le da una herramienta al inspector de tránsito y a mí como juez de Faltas a la hora de sancionar».

El marco de fondo sigue siendo la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, que prohíbe circular con vehículos que emitan ruidos o emanaciones por encima de los límites reglamentarios. La ordenanza local, aclaró el juez, no reemplaza esa legislación sino que la operativiza en el territorio.

Multas en litros de nafta y la vía del descargo

Las sanciones que estima la ordenanza se fijan en litros de nafta. Hernández señaló que las multas arrancan en los 300 litros y pueden llegar a los 1.000 litros por daños. Con el pago voluntario, la ley toma el mínimo y el infractor abona el equivalente a 150 litros si reconoce la falta.

En tanto, Hernández aseguró que «el infractor siempre conserva su derecho de defensa». Como ejemplo, mencionó el caso de un joven que había comprado un escape homologado en una agencia de Buenos Aires: presentó la documentación, se realizaron las mediciones de decibeles con el instrumental correspondiente y el resultado quedó muy por debajo de los límites, por lo que no se decomisó el caño ni se le aplicó multa. En esa línea, recordó que «la normativa provincial contempla que quien tenga un silenciador acorde a la cilindrada, sin superar los valores reglamentarios, puede circular sin inconvenientes».

El factor ambiental

Más allá del ruido y la conducta del «corte» como rasgo cultural, Hernández remarcó que la cuestión ambiental es central. La legislación «contempla expresamente el perjuicio al medio ambiente por la contaminación sonora y la emanación de humo», subrayó. Y añadió: «Esto es un flagelo que están viviendo todos los municipios de la provincia y a nivel país».

Sobre la dificultad de erradicar este tipo de actos perjudiciales para la convivencia comunitaria, el juez expresó que «ninguna ordenanza alcanza sin un cambio cultural» y aseveró que «esto es un tema de educación».

Tags: bragadomotos

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