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Tarifas de gas: fijan topes de consumo subsidiado para usuarios de ingresos medios

Tarifas de gas: fijan topes de consumo subsidiado para usuarios de ingresos medios

Redacción Grupo La Verdad por Redacción Grupo La Verdad
6 octubre, 2022
en la categoría Nacionales
Tiempo de Lectura:3 min para leer
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La Secretaría de Energía oficializó los topes de consumo de gas natural sujeto a subsidio para los usuarios de ingresos medios (nivel 3), a partir de los cuales deberán pagar la tarifa plena a partir de octubre, en el marco del proceso de segmentación.

La medida se estableció a través de la Resolución 686/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial, en cuyo anexo se discriminan los topes por empresa distribuidora y subzona, de lo que resultan 240 niveles diferentes. Estos topes, en concreto, se aplicarán a los usuarios que quedaron dentro de la categoría Nivel 3, que mantendrán los subsidios pero con un límite de consumo: si ese límite es superado, pagarán la tarifa plena por el excedente.

Los topes de consumo se dividen por empresa distribuidora, zona del país, categoría de usuarios (son las ocho categorías que ya existen de acuerdo a los niveles de consumo) y variarán según el mes del año. Las distribuidoras deberán distinguir en la facturación el consumo subsidiado hasta el tope establecido en cada caso, del consumo que excede a ese límite y que se abonará sin subsidio.

En la resolución de Energía, por ejemplo, se establece que los clientes de la distribuidora Naturgy en la zona denominada Buenos Aires Norte tendrán en enero un techo de consumo subsidiado que irá de 17 (R 1) a 26 metros cúbicos (R 3-4) para febrero, el mes considerado de menor consumo. Y tendrá un tope de entre 56 a 172 m3 en julio, el mes más frío.

Para el caso de Camuzzi Gas Pampeano, que afecta al interior de la provincia de Buenos Aires (exceptuando la zona sur bonaerense que tiene otra tarifa), para enero el techo subsidiado irá (dependiendo la categoría) de 14 a 43 metros cúbicos, este último caso para los grandes usuarios. Mientras que en julio, irá de 57 a 446 m3.

De acuerdo con ese anexo, un usuario de la distribuidora Metrogas, que opera en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), pasará a pagar por el consumo que exceda el tope $ 13,42 por metro cúbico, lo que representa un incremento del 33,5% en relación con los $ 10,05 por m3 que abonó hasta agosto. Con el segundo aumento (de 38,66% respecto del nivel de octubre), pagará $ 18,606 por metro cúbico en noviembre, en tanto en el tercero y último (vigente en las facturas de enero de 2023), el cargo correspondiente será de $ 25,80 por metro cúbico, con un aumento del 38,18% en relación con el nivel previo.

Los usuarios de la provincia de Tierra del Fuego (área operada por Camuzzi Gas del Sur) tendrán a partir de octubre el precio de gas por metro cúbico más bajo, de $ 6,37; y los de la zona norte bonaerense (Gas Natural Ban) el más alto, de $ 13,93; tras el primer ajuste. Estos valores aumentarán a partir del 31 de octubre a $ 8,83 y $ 19,32 respectivamente; y, luego, el 31 de diciembre volverán a subir a $ 12,25 y $ 26,79.

Cabe destacar que el promedio mensual de consumo en el país es de 97 metros cúbicos, pero el nivel varía de manera significativa entre las distintas provincias. En Tierra del Fuego en julio se ubica en los 841 m3, mientras que en Buenos Aires se registra un promedio de 135 m3. En ambos casos considerando un consumo residencial de la categoría R2-3 de cada provincia.

En la resolución se precisó que, “si un usuario registrase un cambio ascendente o descendente de categoría en el período a facturar, respecto de la categoría que poseía en el período consecutivo anterior, se utilizará para el período a facturar el bloque definido para la categoría a la cual pertenecía en el período anterior”.

Asimismo, se señaló que, “hasta tanto un usuario no registre un historial de seis bimestres de facturación, se aplicará el bloque establecido para la categoría a la cual pertenece en cada período de facturación”. Para los consumos que excedan el tope sujeto a subsidio, se especificó que se aplicarán las tarifas que reflejen el costo de abastecimiento que surge del anexo de la resolución 610 del 29 de julio. (DIB)

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