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Home Junín
Sextorsión: un desafío jurídico y social en la era digital

Sextorsión: un desafío jurídico y social en la era digital

Redacción Grupo La Verdad por Redacción Grupo La Verdad
30 agosto, 2025
en la categoría Junín
Tiempo de Lectura:3 min para leer
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Por Hugo Alfredo Vaninetti.

La sextorsión es una forma de chantaje en la que una persona amenaza con divulgar imágenes íntimas, eróticas o sexualmente explícitas de otra, si esta no accede a sus exigencias, que pueden ir desde el envío de más contenido íntimo hasta dinero o favores sexuales. El término combina «sexo» y «extorsión», y describe una modalidad de violencia digital con fuertes impactos emocionales, sociales y económicos para la víctima.

Este delito puede ser cometido tanto por personas conocidas (ex parejas, amigos, compañeros de trabajo o de estudio, incluso familiares) como desconocidas (contactos virtuales), y afecta tanto a adultos como a menores. Suele iniciarse con interacciones de seducción en redes sociales o aplicaciones de mensajería, donde la víctima comparte material de manera voluntaria. Una vez obtenido, comienza la fase de amenazas.

Los métodos más comunes incluyen: interacciones en chats y redes sociales, donde tras el coqueteo se exige contenido íntimo en cámara; correos electrónicos que amenazan con divulgar material que muchas veces ni siquiera existe; hackeos de cuentas donde se accede a fotos y videos privados; o dispositivos intervenidos mediante malware.

Existen distintos tipos de sextorsión: la íntima, cuando el material fue compartido en una relación de confianza; la impersonal, obtenida sin consentimiento; la sentimental, que manipula desde un vínculo afectivo; y la grupal, cuando varias personas participan de la extorsión o difusión. El impacto puede ser devastador: ansiedad, depresión, aislamiento, hostigamiento, pérdida de vínculos y consecuencias económicas. En casos extremos, puede derivar en suicidio.

En Argentina, la sextorsión no está tipificada como delito autónomo en el Código Penal, pero sus conductas pueden encuadrarse en amenazas, extorsión o delitos contra la integridad sexual. Asimismo, la ley 27.736 (Ley Olimpia) incorpora la violencia digital como modalidad de violencia de género en la ley 26.485, incluyendo la difusión no consentida de material íntimo, real o editado. De este modo, la sextorsión se reconoce como una manifestación de violencia digital, habilitando acciones para frenar la circulación del material.

Se encuentra además en debate el proyecto de ley Belén, surgido tras el caso de Belén San Román, policía de Bragado que se quitó la vida luego de sufrir difusión no consentida de material íntimo. El proyecto busca sancionar expresamente la extorsión y difusión no autorizada de imágenes sexuales en entornos digitales.

Aunque los delitos informáticos no reconocen fronteras geográficas, la respuesta institucional sí varía según el territorio. En grandes ciudades existen fiscalías y unidades especializadas en ciberdelitos, mientras que en localidades pequeñas suele faltar formación técnica y recursos para la conservación de evidencia digital. Esto genera diferencias en la calidad y rapidez de las investigaciones.

En comunidades medianas como Junín, que, si bien cuenta, por suerte, con lo señalado en el párrafo precedente, la cercanía social puede ser tanto un apoyo, pero también volverse un obstáculo por miedo al “qué dirán”.

Frente a esta práctica, la prevención requiere un enfoque integral. Por ello se torna fundamental promover la educación digital en escuelas y clubes, campañas comunitarias de concientización, capacitación de adultos responsables y difusión de medidas prácticas de seguridad (contraseñas seguras, autenticación en dos pasos, no compartir material íntimo, etc.). También resulta, a mi entender, esencial articular protocolos entre justicia, salud, educación y fuerzas de seguridad para garantizar apoyo psicológico, asesoría legal y mecanismos de freno a la circulación del material.

En definitiva, la sextorsión no es un problema individual ni aislado: es una de las expresiones más graves de la violencia digital, con un claro componente de género y profundas consecuencias emocionales y sociales. Su abordaje requiere prevención, sensibilización y un marco jurídico más robusto, pero sobre todo un compromiso conjunto de las familias, la comunidad, el Estado y también las plataformas digitales que hacen de escenario.

Tags: abogadosvaninetti

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