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Home Provinciales
Rechazaron por «inadmisible» una cautelar contra la «tasa vial» a los combustibles

Rechazaron por «inadmisible» una cautelar contra la «tasa vial» a los combustibles

La presentación fue realizada contra el municipio de Pilar por el cobro de la “tasa vial”. La Suprema Corte no se expresó sobre la cuestión de fondo.

Redacción Grupo La Verdad por Redacción Grupo La Verdad
6 junio, 2024
en la categoría Provinciales
Tiempo de Lectura:2 min para leer
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La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó por «improcedente» un recurso de amparo contra el cobro de la tasa vial a los combustibles y otros tributos en el municipio de Pilar. La presentación, que pretendía conseguir un efecto colectivo, había sido realizada por un dirigente local de la Coalición Cívica.

Aunque la decisión del máximo tribunal se produce en medio del debate por la determinación de varios municipios bonaerenses de reflotar el polémico tributo – proliferaron entre 2013 y 2015 cuando intendentes del Frente Renovador gravaron la compra de combustibles y varias ya fueron judicializadas- y cobra otro relieve tras los ataques del gobierno de Javier Milei a los distritos en los que rigen este tipo de tasas, los jueces fundamentaron la negativa por cuestionamientos de forma.

En otros términos, no expresaron opinión sobre la cuestión de fondo referida a la constitucionalidad de la tasa vial a los combustibles.

La presentación contra la Tasa Vial y la defensa del Municipio

El planteo fue realizado por el dirigente de la Coalición Cívica de Pilar, Matías Yofe, ante un tribunal de primera instancia de San Isidro que decidió declararse incompetente. La causa recayó en la Suprema Corte bonaerense de justicia que finalmente denegó el pedido.

Entre los motivos de la solicitud aducen que los cobros «violentan la constitución Nacional y provincial porque se oponen a los principios de equidad, razonabilidad, capacidad contributiva y no confiscatoriedad tributaria».

Por su parte, desde el Municipio de Pilar abogaron por la «inadmisibilidad» de la demanda, así como su «improcedencia sustancial» por considerar que «extralimita las fronteras conceptuales de la vía procesal elegida».
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Tags: combustibles

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