Por Redacción Grupo La Verdad
El Comando de Prevención Rural Junín recibió llamados a la Guardia que alertaron sobre pescadores furtivos en distintas lagunas, en el Puente de Lincoln, Puente Morote, La caída del Carpincho, Puente roto de La Oriental entre otros.
Mediante un trabajo coordinado con la Secretaría de Seguridad y Subsecretaría de Turismo se labraron 32 infracciones a pescadores en el ámbito jurisdiccional, todas ellas bajo Ley 11.477, dándose intervención a Dirección de Pesca de la provincia de Buenos Aires.
En su gran mayoría los infraccionados son oriundos de localidades vecinas.
Para poder realizar una correcta pesca se deben tener en cuenta algunos puntos importantes a saber: la veda de pejerrey en la provincia de Buenos Aires rige del 1 de septiembre al 30 de noviembre, limitando la pesca deportiva a sábados, domingos y feriados en aguas interiores, con cupos específicos por laguna de 25 piezas y prohibición de pesca comercial.
La medida mínima de pejerrey en lagunas y ríos interiores de la provincia de Buenos Aires es de 25 centímetros. Esta longitud se mide en línea recta desde el hocico (boca cerrada) hasta el extremo posterior de la aleta caudal.
Por otro lado se debe contar con Licencia de Pesca, la misma se puede tramitar en el siguiente enlace https://www.gba.gob.ar/desarrollo_agrario/pesca/articulos/obtenga_su_licencia_de_pesca_deportiva.
Cabe aclarar que en su gran mayoría las infracciones labradas corresponden a la falta de la Licencia de Pesca.
La pesca se debe realizar en la provincia de Buenos Aires mediante cañas con un límite de una o dos según la zona y anzuelos máximo de tres a cinco según el lugar.
Se siguen implementando a requerimiento de la Secretaría de Seguridad recorridas en diferentes puntos del partido de Junín, donde existan espejos de lagunas, con el fin de combatir la pesca ilegal.
Obtención de licencia para pesca deportiva
Las personas que ejerzan estas actividades deberán contar con sus respectivas licencias. Los menores de 14 años deben tramitarla, es gratuita.
Los jubilados podrán obtener su licencia, previa presentación del carné que acredite su condición, dicha licencia no ostentará cargo alguno ni término en lo que respecta a su caducidad (artículo 21 del Decreto 323/95).
Toda persona carente del beneficio jubilatorio –mayor de 65 años varones y 60 años mujeres- y que acredite residencia en la Provincia de Buenos Aires, tendrá derecho a una licencia de las mismas características que las de un jubilado.
Para mayor información y cómo realizar el trámite, contactarse con la Dirección Provincial de Pesca al teléfono (221) – 4295315 o personalmente en calle 51 esquina 12; Torre I, piso 8.
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