Por Redacción Grupo La Verdad
En diálogo con Grupo La Verdad, el Dr. Javier Ochoaizpuro explicó en primer lugar que “el homicidio imprudente agravado es una figura intermedia entre el homicidio imprudente básico y el doloso que se incorporó puntualmente a partir del años 2017 tratando de brindar respuestas a la siniestralidad vial, sobre todo a los problemas vinculados a la conducción bajo los efectos del consumo de estupefacientes, alcoholismo, excesos de velocidad y abandono de personas”.
Seguidamente, Ochoaizpuro dijo que “esta tipificación hace alusión a un modo de conducción que no tiene como finalidad provocar una muerte, sino que ese resultado fatal es producto de una inobservancia a los deberes que se deben tener en cuenta al conducir”, y continuó: “Este tipo penal específico posee un déficit en cuanto a la baja penalidad en relación a otras legislaciones, pero no se puede discutir porque así fue dispuesto por el legislador que la impulsó en su momento”.
Además, el abogado de Eizaguirre sostuvo que “entiendo que la fiscalía recurra forzosamente a la figura del dolo eventual para tratar de pedir una pena mayor y brindar una respuesta a la familia y la sociedad, pero por más que sea dolorosa la situación la Justicia está para discutir el derecho y no compadecerse del dolor que causan los accidentes”, y completó: “Aunque parezca frío, nosotros como abogados debemos discutir el derecho y no debe interferir la opinión pública o las redes sociales en la decisión sobre cuestiones de esta naturaleza”.
Asimismo, el entrevistado remarcó que “fui fiscal durante 14 años y recibí presiones de todos lados, pero siempre traté de ser lo más objetivo posible como cumplimiento a la exigencia de la ley”, y añadió: “Sé que a veces es difícil no dejarse influir por este tipo de situaciones porque las redes sociales hoy ejercen una presión muy grande, pero en lo personal confío en la probidad y hombría de bien de los funcionarios”.
Por otro lado, Javier Ochoaizpuro consideró que “es absolutamente exagerada la sentencia a 13 años que realizó la fiscalía ante el Tribunal Oral Criminal 1, porque no se valoraron correctamente los agravantes que deberían haberse fundado para justificar una pena de ese monto”, y aportó: “No se describieron los agravantes porque no existían, motivo por el cual considero que el pedido es exagerado y tiene que ver con tratar de dar una respuesta al hecho de que el legislador se quedó corto”.
A modo de cierre, el letrado indicó que “aún no hay fecha establecida para que se conozca la decisión por parte del tribunal, pero seguramente vaya a haber alguna novedad al respecto esta semana o a principios de la que viene”.






