La Cámara Nacional Electoral (CNE) aclaró que son válidas para votar en el balotaje del domingo las boletas que fueron oficializadas para la primera vuelta que se realizó el 22 de octubre, en la categoría de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación.
Del mismo modo, son válidas las boletas oficializadas para este domingo 19 «respetando el diseño y sin otra modificación», aclaró la CNE.
En ese sentido, se recordó que los ciudadanos que quieran acercarse a los lugares de votación para cumplir con sus deberes cívicos con una boleta del candidato a quien quieran elegir -y que les fue entregada previamente- podrán sufragar con total normalidad.
En tanto, explicaron que «no son válidas» las boletas que se utilizaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) que se disputaron el pasado 13 de agosto.
En el caso de que se detecte un faltante de boletas, los electores deberán advertirlo sin mencionar el nombre del candidato o el espacio al que desean votar.
En el marco de la segunda vuelta que se disputará este domingo, los argentinos definirán al próximo Presidente y Vicepresidente de la Nación entre las fórmulas integradas por Sergio Massa-Agustín Rossi (Unión por la Patria) y Javier Milei-Victoria Villarruel (La Libertad Avanza).
Datos
El secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral (CNE), Sebastián Schimmel, remarcó que «es imposible» la alteración de datos una vez finalizado el proceso electoral del domingo por toda la serie de controles establecidos por la ley.
«Es imposible alterar los votos una vez cerrado el proceso electoral. En nuestro país afortunadamente es imposible», dijo Schimmel en declaraciones a radio CNN, al referirse a las garantías sobre el «acta de escrutinio», instancia en la que participan las autoridades de la mesa y los fiscales, y el posterior «control de la trazabilidad de la urna que tiene todo un seguimiento hasta llegar a las juntas electorales de cada provincia».
«Esto tiene una garantía porque se descentraliza la tarea, es decir no va a estar a cargo de la Cámara Nacional Electoral sino de cada una de las Juntas integradas por tres jueces y todo fiscalizado por los partidos políticos».
Además, el funcionario judicial aclaró que el escrutinio provisorio que se realiza el domingo «no tiene validez» legal sino que es informativo, y puso de relieve que el «escrutinio definitivo» y legal es el que realiza cada una de las juntas electorales de los 24 distritos del país, que comienza 48 horas después del comicio.
«Esto tiene una garantía porque se descentraliza la tarea, es decir no va a estar a cargo de la Cámara Nacional Electoral sino de cada una de las Juntas integradas por tres jueces y todo fiscalizado por los partidos políticos», reafirmó.
«En el escrutinio del domingo vamos a tener un resultado que no va a tener validez» legal, sostuvo, y señaló que el definitivo «empieza 48 horas después», lapso que el Código Electoral prevé para que las agrupaciones políticas «puedan plantear impugnaciones» si lo consideran necesario.
Autoridades
La Justicia Nacional Electoral recordó que las autoridades de mesa que fueron designadas para las elecciones generales del pasado 22 de octubre también están elegidas para desempeñarse en esa función para el balotaje del domingo próximo.
De ese modo, las autoridades de mesa que se desempeñaron en las pasadas elecciones generales no deben esperar un nuevo telegrama de notificación y deben presentarse con el telegrama recibido en octubre y con su documento de identidad en el mismo establecimiento de votación.
El telegrama de designación enviado por la Junta Electoral Nacional ya incluía las dos fechas de convocatoria y constituye la designación para desempeñarse como autoridad de mesa en la segunda vuelta, recordó la Justicia Nacional Electoral en un comunicado.
Además recordó que la función como autoridad de mesa es una «carga pública irrenunciable» y su «incumplimiento constituye un delito electoral que está sancionado con una pena de 6 meses a 2 años de prisión, según lo previsto en el artículo 132 del Código Electoral».
«Si fuiste designado/a y te desempeñaste como Autoridad de mesa en las elecciones generales del 22 de octubre, el domingo 19 de noviembre deberás cumplir la misma función. Preséntate directamente ya que no vas a recibir un nuevo telegrama», señaló en un flyer la Cámara Nacional Electoral (CNE).
Los documentos habilitados
Los documentos habilitados para votar son Libreta de Enrolamiento/libreta cívica; DNI Libreta verde; DNI libreta celeste; Tarjeta del DNI libreta celeste y el DNI tarjeta.
Según la Cámara Electoral «es condición necesaria figurar en el padrón electoral y acreditar la identidad ante las autoridades de mesa» en el momento de emitir el voto.
De acuerdo con el organismo, el DNI versión virtual que figura en la aplicación Mi Argentina no está permitido para emitir el sufragio.
Si bien este documento cuenta con los mismos datos que el DNI tarjeta, no lo reemplaza y tampoco permite viajar fuera del país.
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