Después de muchas idas y vueltas, Juntos por el Cambio y otros sectores de la oposición lograron aprobar una reforma a la Ley de Alquileres que había sido sancionada en 2020, y que no rindió los frutos esperados.
La mal llamada «Ley Lipovetzky», que había sido producto de la construcción transversal entre bloques de diferente signo, establece plazos de tres años para la duración de los contratos de alquiler, actualización anual de los precios en base a la combinación de indicadores de evolución de precios y salarios.
En cambio, la media sanción de Diputados, se basa en los siguientes lineamientos:
– Duración de los contratos: dos años
– Periodicidad para la actualización de precios: cuatrimestral
– Mecanismo de actualización: libre, a acordar entre las partes.
«Para los ajustes, las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y/o el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.
– Incentivos fiscales para promover la oferta de inmuebles en alquiler:
Reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan hasta tres unidades de explotación, «en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados» se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma».
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