Estudio Genna & Asociados
En la vida laboral nadie se encuentra exento de sufrir un accidente (tanto en el lugar de trabajo como en el trayecto de ir y venir hacia y desde el mismo al domicilio particular) o asimismo de sufrir una enfermedad profesional (adquirida a causa del cumplimiento del trabajo, generalmente por las condiciones y ambiente en el cual se desarrollan las labores).
Quien sufrió algunas de estas contingencias laborales generalmente se encuentra en una situación difícil, las lesiones físicas, el dolor, la incertidumbre sobre el futuro y las dificultades económicas pueden ser agobiantes.
Por lo tanto, es necesario contar con el apoyo y la asesoría de un abogado especializado desde un primer momento, porque ya que en una segunda etapa (luego del alta médica correspondiente, con o sin incapacidad determinada) resulta obligatorio tenerlo -para la Ley de Riesgos del Trabajo- a los fines del trámite a seguir para definir la indemnización correspondiente.
En primer lugar, el trabajador accidentado o adquirente de una enfermedad laboral debe tener la tranquilidad de que su remuneración no se verá afectada por no poder cumplir con su trabajo, ya que en esas condiciones la misma normativa aplicable indica expresamente que la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) interviniente debe hacerse cargo de la misma hasta el alta médica, obviamente luego de realizada la denuncia correspondiente del siniestro o dolencia ante esa aseguradora y aceptado por la misma.
En segundo lugar, también existe el temor o la creencia popular -por parte del trabajador como del empleador- de que iniciar los trámites pertinentes ante la ART o la SuperIntendencia de Riesgos del Trabajo -en este caso por ejemplo cuando no es aceptada la denuncia- se afecta o perjudica al empleador o a la fuente de trabajo en algún sentido, sin embargo ello no es así, ya que el trabajador tiene el derecho legal de iniciar las presentaciones que sean necesarias sin que ello afecte su trabajo en absoluto.
También hay que tener en cuenta que ante el rechazo de un siniestro o enfermedad profesional se debe acudir inmediatamente ante un abogado de confianza (para el caso de no haberlo hecho antes) ya que existe un plazo legal para presentar la correspondiente denuncia con la documentación necesaria y de esta manera tratar de obtener las prestaciones médicas lo antes posible por parte de su aseguradora de riesgos del trabajo.
En síntesis, para concluir este resumen de asesoría y como se puede advertir, ante todas estas inquietudes y muchas más, resulta conveniente contar con un asesoramiento jurídico integral desde un primer momento y durante todo el desarrollo del proceso hasta su culminación indemnizatoria y no sólo en esta última etapa como marca la normativa pertinente que es -como dijimos- de manera obligatoria. Un abogado especializado estará seguramente familiarizado con las leyes y procedimientos complejos que rigen estos casos, va a saber cómo presentar el caso de la manera más efectiva y aumentar las posibilidades de obtener una indemnización justa.






