El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi apartó hoy a dos los querellantes en la causa que investiga el lanzamiento de la cripto $Libra bajo el argumento de que para no considera demostrado que hayan sido realmente perjudicados por una estafa sino por vaivenes propios de ese tipo de negocios, en un fallo que debilita la causa en la cual quedó involucrado el presidente Javier Milei cuando promovió en las redes el lanzamiento de la “memecoin”.
La decisión de Martínez de Giorgi surgió a raíz de un planteo del lobista Mauricio Noveli, uno de los acusados de organizar la operatoria, y ahora las querellas, que reúnen a los presuntos damnificados y tuvieron un rol muy activo en el caso, ya no podrán promover medidas de prueba, insistir con citaciones a indagatoria o apelar decisiones, entre otros modos de incidir en el rumbo de la causa.
De todos modos, la investigación proseguirá, impulsada por el fiscal Eduardo Taiano, responsable de la acusación pública. Taiano había sido muy cuestionado por las querellas por la mora con la que viene llevando el caso, y también recibió reproches una comisión especial del Congreso que intervino en el caso y pidió al Tribunal de Disciplina del Ministerio Público que lo aparte del expediente.
La resolución del magistrado se apoyó en un argumento central: los querellantes no lograron demostrar un perjuicio directo, requisito legal para intervenir como acusadores privados. Según el juez, tampoco pudieron acreditar de manera fehaciente la titularidad de las billeteras virtuales con las que dicen haber comprado el token, un punto que está en tensión con una decisión previa de la Cámara Federal.
El magistrado se hizo eco así del planteo de Noveli, quien había dicho que lo que ocurrió con $Libra, el lanzamiento -que Milei difundió, lo que según todos los expertos le dio credibilidad-, la compra posterior por parte de inversionistas y la destrucción casi inmediata de su valor, luego de que se retiraran del negocio quienes lo habían creado, es parte de la volatilidad habitual de una moneda virtual de este tipo.
“Aún cuando determinados inversores pudieran haber experimentado pérdidas económicas por la compra de $LIBRA, ello no permite concluir, por sí solo, que ellas constituyan el perjuicio directo exigido por ley”, escribió Martínez de Giorgi en la resolución.






