El Banco Central de la República Argentina (BCRA) actualizó la normativa sobre cuentas sueldo y habilitó la posibilidad de que las empresas paguen salarios en dólares estadounidenses, una medida que responde a los cambios previstos en la Ley de Modernización Laboral N° 27802. En su artículo 34, la legislación sustituye el artículo 105 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y dispone que la remuneración puede satisfacerse en dinero tanto en moneda nacional como extranjera, y solo faltaba la adecuación de la regulación bancaria.
La medida fue establecida mediante la Comunicación “A” 8460 del Central. En su texto se dispone “incorporar al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la ‘Cuenta sueldo’ prevista en el punto 2.1. del texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales”.
Y se aclara que “la atención de la operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo de las cuentas en dólares estadounidenses previstas en el punto 1 de esta comunicación es obligatoria en la sucursal de radicación de la cuenta y, en la medida que las entidades cuenten con esa disponibilidad operativa de numerario, en las demás sucursales, en cajeros automáticos y terminales de autoservicio».
Es otros términos, los bancos estarán obligados a atender los depósitos y las extracciones de dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta. En las demás sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio, esa posibilidad dependerá de que la entidad cuente con disponibilidad de billetes.






