Por Redacción Grupo La Verdad
Se dio a conocer durante la mañana de hoy la condena a Marcos Meoni quien estaba imputado por la muerte de Oscar Aquistapace. En el mes de diciembre de 2023 se produjo la muerte del ciclista de 74 años, quien fuera embestido el día anterior por una camioneta utilitaria en inmediaciones de Av. Circunvalación y Posadas, mientras se desplazaba en bicicleta junto a un grupo de ciclistas.
La Investigación Penal preparatoria, que había comenzado como lesiones graves culposas, fue recalificada posteriormente como homicidio culposo agravado por la conducción de vehículo automotor.
El Juzgado Correccional, dictó la sentencia y fue dada a conocer a las partes por vía electrónica, en la cual se indica que Marcos Meoni fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y a 6 años de inhabilitación.
En el marco de la tercera jornada en la que se investigaba la muertee del ciclista la fiscal Paola Luján había solicitado una pena de 4 años y 8 meses de prisión, y 10 años de inhabilitación para conducir, para Marcos Meoni, único imputado de la causa.
En su alegato, la doctora Luján cuestionó las prácticas de conducción de Meoni la tarde del siniestro, a la vez que recalcó que la totalidad de los testigos escuchó decir al conductor -tras el incidente vial- que “no había visto” al infortunado ciclista.
Haciendo un racconto de los testimonios tomados en las dos primeras jornadas del juicio, la doctora Luján hizo hincapié “en la velocidad” en la que se desplazaba Meoni en su camioneta por Circunvalación, al teléfono celular que “tenía en su mano” al bajarse del rodado que guiaba, y al “apego a las normas de tránsito” por parte de los ciclistas que conformaban el pelotón que integraba Aquistapace.
Asimismo, la letrada subrayó que “las pericias no mostraron rastros de frenadas” en la cinta asfáltica y puntualizó sobre los daños que presentaban los vehículos involucrados en el hecho. Por otra parte desacreditó los dichos de uno de los testigos, dijo que el imputado “mintió” y que aquella tarde estaba manejando “en ojotas”, que si bien no está prohibido por la ley resulta “no aconsejable”.
En tanto, la defensa de Meoni, a cargo del doctor Federico Mastropierro, solicitó la libre absolución de su cliente, al considerar que no existieron pruebas suficientes en el debate que acreditasen que su defendido haya sido el responsable del accidente que derivó en el posterior fallecimiento de Aquistapace.
En ese sentido, Mastropierro recalcó que Meoni es un “conductor meticuloso” que “no creó riesgo” al desplazarse en su vehículo, destacando su lucidez para el manejo y los resultados negativos de las pruebas de alcohol en sangre que se realizaron oportunamente.
En el mismo orden resaltó que su defendido estuvo siempre a derecho y a disposición de la Justicia y de la familia de la víctima, poniendo de manifiesto a su vez no hubo testigos que hayan visto realmente cómo fue el accidente.
En la primera de las tres jornadas celebradas en el tercer piso del Palacio de Tribunales, Meoni, había declarado que Aquistapace se le “cruzó” en el camino de manera intempestiva mientras, en el mismo sentido, él se dirigía (desde el camino al Balneario Municipal) hacia su hogar luego de haber dejado a un familiar en un cumpleaños.
El utilitario y el pelotón de ciclistas circulaban en el mismo sentido, por la mano derecha ambos, y al querer sobrepasar la camioneta a los ciclistas por el carril izquierdo se produjo la colisión.
En su relato Meoni expresó que la víctima iba en bicicleta junto a un grupo de ciclistas y que se le “cruzó”, no dando lugar a maniobra alguna, a excepción de un “volantazo”.






