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Alerta empleados: ¿se puede cobrar impuesto a las ganancias retroactivo por los últimos meses de 2023?

Alerta empleados: ¿se puede cobrar impuesto a las ganancias retroactivo por los últimos meses de 2023?

El ministro del Interior, Guillermo Francos, sostuvo que si no se aprueba el capitulo fiscal y se ratifica el decreto que impulso Massa, los empleados deberían los últimos meses del año pasado.

Redacción Grupo La Verdad por Redacción Grupo La Verdad
7 marzo, 2024
en la categoría Nacionales
Tiempo de Lectura:3 min para leer
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El ministro del Interior, Guillermo Francos, afirmó hoy que el Gobierno podría cobrar el Impuesto a las Ganancias por el último trimestre de 2023, ya que no se ha validado vía el Congreso el decreto por el cual el ex ministro de Economía, y en ese momento candidato presidencial, Sergio Massa, elevó el mínimo no imponible a 15 SMVM haciendo que la mayoría de los empleados sindicalizados dejen de pagar el tributo.

Horas antes del encuentro que mantendrá con los Gobernadores, en el cual se discutirán coparticipación y fondos para las provincias en el llamado “Pacto Fiscal”, el ministro puso sobre la mesa la recaudación del ultimo trimestre de ganancias del 2023. Una caja que por coparticipación pega fuerte en las provincias.

«Se hizo tan mal el decreto…Hubo un decreto que sancionó el gobierno de Massa por el cual se le quitó la atribución a las empresas de hacerle las retenciones a los trabajadores en relación de dependencia, que son los que pagaban este impuesto en la cuarta categoría. Y cuando se sanciona la ley, es para el periodo fiscal del 2024, con lo cual esos meses del año 2023 en que no se hizo la retención no queda eximido el impuesto», explicó Francos en comunicación con radio Rivadavia.

El dirigente nexo entre la Nación y las provincias explicó que «toda esa gente que quedó en esa situación, en realidad, si no se soluciona con esta ley el tema, van a quedar sujetos a pagar por ese trimestre, esos tres meses de 2023, van a quedar sujetos al pago del impuesto a las Ganancias porque es el periodo fiscal 2023 y la ley lo planteó a partir del periodo fiscal 2024. Es un tema que hay que solucionar», afirmó.

La realidad es que el impuesto, si bien se retiene mensualmente por los empleadores, es a cuenta de la liquidación final que se hace al año siguiente ya que es un impuesto anual cuyo vencimiento opera a mediados de 2024.

En la Ley Bases, dentro del capítulo fiscal se encontraba entre otras cosas, la aprobación de lo hecho en su momento por Sergio Massa y la ratificación de los decretos mediante los cuales se hicieron los cambios donde llevaron el mínimo no imponible a 15 salarios mínimo vital y móvil para dejar el período fiscal 2023 cerrado.

Pero al sacar de la Ley el capitulo Fiscal en plena negociación en sesiones extraordinarias, y luego directamente retirar el proyecto de discusión, los decretos y modificaciones volvieron a un limbo y el tiempo corre, los vencimientos se acercan y no hay cambios en la situación.

Los dichos de Francos generaron rápidamente rechazo en la CGT que en su momento acompañó a Massa en la gesta y cuyos representados se veían beneficiados.

“El ministro Francos pretende seguir ajustando a los trabajadores”, salieron al cruce en la red social X.

«Ese derecho logrado no lo entregaremos para su brutal ajuste fiscal. Quizás sería bueno que comience a aportar parte del salario mensual de U$D 20.000 como funcionario del Banco Interamericano de Desarrollo durante el anterior gobierno», publicó la CGT.

Tributaristas estimaron que la «deuda impaga» sumaría una $2.000 millones y que cada trabajador estaría sujeto a pagar entre $500.000 y $600.000, si esto no se resuelve.

El contador Sebastian Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios sostuvo que “sería importante que, a la brevedad, el Congreso sancione una Ley ratificando las disposiciones que surgen de los Decretos 415/2023 y 473/2023 y sus normas reglamentarias, y que la AFIP habilite el aplicativo para poder realizar las presentaciones de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, como así también del impuesto sobre los bienes personales.”

Tags: gananciasretroactivo

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