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La demoledora orden de la jueza Preska contra Argentina

La demoledora orden de la jueza Preska contra Argentina

Redacción Grupo La Verdad por Redacción Grupo La Verdad
1 julio, 2025
en la categoría Nacionales
Tiempo de Lectura:2 min para leer
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La justicia estadounidense ordenó que la Argentina entregue el 51% de las acciones de YPF a beneficiarios del fallo por la expropiación de la compañía, como parte de pago de la sentencia en la que el país ya fue condenado a pagar US$16.100 millones.

La orden la dictó la jueza Loretta Preska, del Distrito Sur de Nueva York, en línea con la exigencia elevada a principios del 2025 para que la Argentina brinde información sobre activos, entre los que incluyó el oro y acciones de otras empresas estatales.

El fallo responde a una presentación judicial por parte de los demandantes para lograr cobrar el monto establecido en la condena, que permanece impago, otorgando un plazo de dos semanas para cumplir con la cesión de las acciones de YPF.

De esta manera, Preska dispuso que “se ordena a Argentina transferir sus acciones Clase D de YPF a una cuenta de custodia global en BNYM en Nueva York dentro de los 14 días posteriores a la fecha de la orden”.

Asimismo, determinó “instruir a BNYM para que inicie una transferencia de los intereses de propiedad de Argentina en sus acciones Clase D de YPF a los demandantes o sus designados dentro de un día hábil a partir de la fecha en que las acciones sean depositadas en la cuenta”.

La resolución judicial adversa para el país puede ser apelada a la Corte de Apelación. El gobierno argentino ya apeló en 2023 la condena inicial, por la que debería haber depositado una garantía para evitar que comiencen los embargos.

La noticia, que fue difundida por Sebastián Maril, CEO de Latin Advisors, a través de su cuenta de X, golpea de lleno las acciones de la petrolera estatal en Wall Street, registrando un desplome en su cotización que supera el 5%.

En la argumentación del dictamen, la jueza estadounidense sostuvo que “las sentencias son ejecutables contra cualquier propiedad que pueda ser cedida o transferida”, indicando que “las acciones de una empresa son libremente transferibles y asignables según la ley de Nueva York”.
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