• Redacción
  • Publicidad
sábado, noviembre 1, 2025
  • Login
La Verdad Online de Junín, Buenos Aires, Argentina
No Result
View All Result
  • La Deportiva
  • Junín
  • Rurales
  • Regionales
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Inmobiliarias
  • Obituario
  • Suplementos
    • Autos | Motos | Bikes
    • Construcción | Deco | Jardín
    • Gastronomía | Turismo | Tiempo Libre
    • Salud | Moda | Belleza
  • Edición Impresa
  • La Deportiva
  • Junín
  • Rurales
  • Regionales
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Inmobiliarias
  • Obituario
  • Suplementos
    • Autos | Motos | Bikes
    • Construcción | Deco | Jardín
    • Gastronomía | Turismo | Tiempo Libre
    • Salud | Moda | Belleza
  • Edición Impresa
No Result
View All Result
La Verdad Online de Junín, Buenos Aires, Argentina
No Result
View All Result
Home Nacionales
El Gobierno eliminó el pago a Sadaic por pasar música en fiestas privadas

El Gobierno eliminó el pago a Sadaic por pasar música en fiestas privadas

Redacción Grupo La Verdad por Redacción Grupo La Verdad
28 agosto, 2024
en la categoría Nacionales
Tiempo de Lectura:3 min para leer
A A

El Gobierno nacional modificó este miércoles un aspecto de la ley de Propiedad Intelectual a partir del cual ya no será obligatorio el pago de un canon a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic) para reproducir o ejecutar música en eventos privados.

Mediante el decreto 765/2024, publicado en el Boletín Oficial, se informó que fue remplazado el artículo 33 de la ley de Propiedad Intelectual (11.723), que originalmente establecía que se entendía como representación o ejecución pública “aquella que se efectúe en cualquier lugar que no sea un domicilio privado y, aun dentro de éste, cuando la representación o ejecución sea proyectada o propalada al exterior”.

El nuevo decreto introduce cambios al respecto. En primer lugar, dispone que se entiende por representación o ejecución pública “aquella que se efectúe -cualquiera que fueren los fines de la misma- en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas”.

Además, la modificación detalla: “No existe representación o ejecución pública cuando la misma se desarrolla en un ámbito privado, sea este de ocupación permanente o temporal”.

En ese marco, agrega que se considerará ejecución pública de una obra musical o cinematográfica, discos, films sonoros, transmisiones radiotelefónicas y su retransmisión o difusión por altavoces “la que se efectúe por ejecutantes o por cantantes, así como también la que se realice por medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet”.

No obstante, se indica que cualquier persona que obtenga un beneficio económico directo o indirecto por la ejecución pública de una obra “debe proporcionar una compensación justa a los titulares de los derechos”.

Esto incluye a quienes utilizan la obra “de manera ocasional o permanente” en actividades comerciales, como bares, restaurantes, gimnasios y otros establecimientos similares aclara el texto.

Esa compensación no será necesaria de abonar cuando las obras se utilicen “con fines didácticos en establecimientos educativos o durante conmemoraciones patrióticas en instituciones oficiales”.

Los cambios, uno por uno
El recientemente publicado artículo 33 establece que la ejecución pública se refiere a cualquier representación de una obra en un espacio de acceso público, dirigida a una pluralidad de personas, independientemente de los fines que persiga dicha representación. Esta definición incluye tanto las ejecuciones realizadas en vivo por artistas, como aquellas que se realizan a través de medios mecánicos, electrónicos o digitales, como es el caso de las transmisiones por radio, televisión, altavoces e Internet.
Resulta novedoso la exclusión explícita de las representaciones o ejecuciones que se realicen en ámbitos privados. Es decir, si una obra es interpretada en un lugar de acceso restringido y no está abierta al público general, no se considerará una ejecución pública bajo esta nueva normativa. Es decir, no habrá que pagar el canon en reuniones familiares y fiestas privadas.
La modificación del artículo 35 del Decreto N° 41.223/34 refuerza la protección de los derechos de autor, estableciendo que ninguna obra musical, cinematográfica o fonográfica podrá ser ejecutada públicamente o transmitida por cualquier medio sin la autorización expresa de los titulares de derechos, sus representantes o las sociedades de gestión colectiva correspondientes.
Se introduce el concepto de remuneración equitativa para los titulares de derechos cuando sus obras son utilizadas en establecimientos que obtienen un beneficio económico, directo o indirecto, por la ejecución pública de dichas obras.
Se amplía la definición de ejecución pública para incluir transmisiones por medios electrónicos o digitales, como Internet, lo que refleja la creciente importancia de estas plataformas en la difusión de obras musicales, cinematográficas y fonográficas.
No está especificado cómo será el pago para los autores y de qué forma se determina cuáles serán las publicaciones en internet que se abonan y las que no.
No será necesario pagar por su uso en tanto la reproducción tenga “carácter didáctico” o sean “conmemoraciones patrióticas en establecimientos educacionales oficiales o autorizados por el Estado”. (DIB)

Tags: fiestasmusicaSADAIC

Más Noticias

Noviembre traerá nuevos aumentos en consumos clave de servicios esenciales
Nacionales

Noviembre traerá nuevos aumentos en consumos clave de servicios esenciales

31 octubre, 2025
Mientras que el dólar apenas se movió, la Bolsa porteña tuvo otro día de gloria
Nacionales

Mientras que el dólar apenas se movió, la Bolsa porteña tuvo otro día de gloria

31 octubre, 2025
De triciclos a muñecos: reducen los aranceles para la importación de juguetes
Nacionales

De triciclos a muñecos: reducen los aranceles para la importación de juguetes

31 octubre, 2025
Un dato clave refleja que la economía se frenó fuerte
Nacionales

Un dato clave refleja que la economía se frenó fuerte

31 octubre, 2025
El Gobierno aumentó los fondos para hospitales nacionales y personal de salud
Nacionales

El Gobierno aumentó los fondos para hospitales nacionales y personal de salud

31 octubre, 2025
Cristina Kirchner culpó a Kicillof por la derrota del peronismo en Provincia
Nacionales

Cristina Kirchner culpó a Kicillof por la derrota del peronismo en Provincia

31 octubre, 2025

Entradas recientes

  • Los intendentes se encolumnaron detrás de Kicillof tras la carta de Cristina
  • “Comentarista” y “Opinator”: el cruce entre Alfredo Casero y Marcela Feudale
  • Noviembre traerá nuevos aumentos en consumos clave de servicios esenciales
  • “Cosas tan graves”: aclaran qué pasó con Lucas Pertossi, uno de los presos por matar a Fernando Báez Sosa
  • Mientras que el dólar apenas se movió, la Bolsa porteña tuvo otro día de gloria

El Diario La Verdad de Junín, Provincia de Buenos Aires, República Argentina, fue fundado por Monseñor Vicente Peira, Cura Párroco de la Iglesia San Ignacio de Loyola, de la Iglesia Católica Apostólica Romana, el 24 de noviembre de 1917.

Suplementos

  • Autos / Motos / Bike
  • Construcción / Deco / Jardín
  • Gastronomía / Turismo / Tiempo Libre
  • Salud / Moda / Belleza

De interés

  • Obituario
  • Carta a la Ciudad
  • Opinión

Redes Sociales

Facebook Twitter Instagram Youtube LinkedIn
  • Redacción
  • Publicidad

Diario La Verdad | Roque Sáenz Peña 167 Junín, Bs. As. Argentina | Tel: 54-236-4511559 © 2025 Registro de Propiedad Intelectual Nº 60606230 Edición Nº 2955. Director:​ Cdor. Fernando Ratto | Propietario:​ Arzobispado de Mercedes - Luján.

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
No Result
View All Result
  • La Deportiva
  • Junín
  • Rurales
  • Regionales
  • Provinciales
  • Nacionales
  • Inmobiliarias
  • Obituario
  • Suplementos
    • Autos | Motos | Bikes
    • Construcción | Deco | Jardín
    • Gastronomía | Turismo | Tiempo Libre
    • Salud | Moda | Belleza
  • Edición Impresa

Diario La Verdad | Roque Sáenz Peña 167 Junín, Bs. As. Argentina | Tel: 54-236-4511559 © 2025 Registro de Propiedad Intelectual Nº 60606230 Edición Nº 2955. Director:​ Cdor. Fernando Ratto | Propietario:​ Arzobispado de Mercedes - Luján.