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Ya no se aceptarán fotos de recetas por WhatsApp

Las nuevas recetas electrónicas deberán contar con firma certificada y una clave única de identificación.

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Por Redacción Grupo La Verdad

El Gobierno Nacional reglamentó la ley de recetas electrónicas. Desde el 1 de marzo ya no son válidas las foto recetas, enviadas a través de WhatsApp o por mail, y sólo se podrá adquirir medicación en farmacias o droguerías a través de la orden médica en papel o con la receta electrónica, un archivo que confecciona el médico a través de una plataforma digital, con firma electrónica certificada y una identificación única mediante código de barras o código QR.

Al respecto, Malek Mechedze, farmacéutico local, indicó a Grupo La Verdad que “las recetas por WhatsApp ya no tienen vigencia, la prórroga venció el pasado 28 de febrero. Ya no se permite más sacar una foto a la receta y enviarla. En los últimos meses ya esta modalidad venía mermando, la gente lo tomó bien. Lo que ahora se implementa es enviar la receta digital por WhatsApp ya que el médico tiene acceso a esa aplicación”.

“Esta modalidad se había implementado, mediante un decreto, por una cuestión epidemiológica, de aislamiento, para facilitarle a la gente el vínculo con la farmacia y el médico. Ahora, se vuelve a la receta de papel o digital, se disuelve el decreto. Ahora se está trabajando para la digitalización total del sistema de prescripción pero es un proceso que tardará un tiempo”, dijo.

Precios
Consultado acerca de los precios en los medicamentos, remarcó que “la industria farmacéutica fue una de las que más supero los índices de inflación en remarcación de precios. Nosotros no somos formadores de precios, tiene que ver con la oferta y la demanda y con la especulación”.

Reglamentación de la receta
A través del Decreto 98/2023, publicado el martes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación de la Ley N° 27.553 sancionada en julio de 2020. Además, el Ministerio de Salud de la Nación emitió dos resoluciones complementarias mediante las cuales se dispuso la creación de la Licencia Sanitaria Federal para profesionales de la salud matriculados en diferentes jurisdicciones y se aprobó el proceso de inscripción de las plataformas digitales y apps que emiten recetas electrónicas con miras a su posterior registro y fiscalización.
La reglamentación define cuáles son los datos mínimos que deben consignarse para la validez de las recetas electrónicas o digitales y establece los requisitos de funcionamiento para las plataformas digitales.

De acuerdo al decreto, las recetas electrónicas o digitales deberán ser únicas (tener un identificador único que vincula profesional, medicamento y paciente), inalterables y seguras. Los datos deben ser confidenciales y los sistemas progresivamente interoperables (para poder intercambiar información con fines sanitarios). Asimismo, su contenido deberá ser acorde con lo determinado por las leyes de ejercicio profesional y la de prescripción por nombre genérico para los medicamentos.

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