Por Redacción Grupo La Verdad
Ante la acción de amparo interpuesta por Luis Chami contra el Comité De Cuencas del Río Salado por la omisión de sus autoridades de realizar acciones que hubiesen impedido y/o aminorado el escurrimiento del agua del Río Salado.
Dicha acción de amparo fue interpuesta por derecho propio como ciudadano y residente de Junín, consumidor de agua potable de la ciudad y concurrente al Parque Natural Laguna de Gómez.
También se interpuso en representación de todos los ciudadanos de Junín ya que se trata de un derecho colectivo que afecta:
A.- A todos los ciudadanos de Junín como usuarios del Parque Natural Laguna de Gomez, y como consumidores del Agua potable de la ciudad, ya que la situación implica una baja de napas.
B.- A los comerciantes del PNLG.
C.- A la industria pesquera.
D.- A los productores agropecuarios, dado que la baja del agua genera que las zonas circundantes pierdan del suministro hídrico.
E.- A los operadores de turismo del PNLG.
F.- A los titulares de hoteles y gastronomía de Junín.
G.- Afecta a la flora y a la fauna presentes en la laguna.
La competencia del Juzgado Contencioso Administrativo de Junín por resuelta por la Excelentísima Cámara de Apelaciones de San Nicolás.
El Dr Juan Bazzani resolvió requerir un informe al Comité de Cuenca del Río Salado para que informe acerca de las reuniones celebradas por el comité donde brindaron tratamiento a las cuestiones denunciadas en el escrito de inicio, el que deberá ser remitido en el lapso de diez días.
Asimismo el juez interviniente ordenó comunicar el inicio de la presente acción al Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva.
Lee también: EDEN: Por el calor, aumentó la demanda de energía
**************************************
También puede interesarte:
• Todo el Deporte en: La Deportiva
• Escuchar las notas más importantes en: LT20 Radio Junin
• Escuchar LT20 Radio Junín en VIVO: Escuchar ahora