Por Redacción Grupo La Verdad
Una medida cautelar dictada por el Juzgado Federal de Junín obliga al Estado nacional a hacerse cargo de los costos de un medicamento vital para la vida de una joven con discapacidad, cuya cobertura había sido interrumpida por parte de su obra social.
En diálogo con LT20 Radio Junín, el Dr. Guillermo Tapia, abogado previsionalista, afirmó: “Una chica de alrededor de 30 años con certificado de discapacidad necesitaba un medicamento, el cual se lo venía entregando la obra social hasta que decidió dejarlo de lado debido al aumento en el precio de los mismos”, y agregó: “Ante la consulta que recibimos, enseguida iniciamos una acción de amparo contra esa obra social que no es de las más conocidas”.
Seguidamente, expresó que “desde el Juzgado Federal de Junín se ordena una medida cautelar que obliga a la obra social a entregar el medicamento en cuestión, el cual es muy caro ya que ronda los $50.000.000 y desde dicha institución se argumentó que no cuentan con los recursos necesarios como para solventar la compra de los mismos”.
Asimismo, Tapia declaró que “el juez federal interviniente amplió la medida cautelar contra el Estado nacional, que actualmente se encarga de la cobertura del medicamento tras una ratificación de la medida cautelar efectuada por la Cámara de Apelaciones de La Plata”. En continuidad, dijo que “de esta manera son responsables tanto la obra social como el Estado nacional, y este último deberá ver la manera de cobrar a la obra lo que tuvo que pagar por el medicamento”.
“El Estado es el garante máximo de la salud pública de la población, por lo cual siempre tenemos la posibilidad de recurrir a los estamentos nacional o provincial, para garantizar la cobertura de medicamentos como en este caso, pero también prótesis, tratamientos y demás”, aportó el letrado.
Además, el defensor indicó que “la salud es una cuestión básica y es algo por lo que no se puede esperar, por eso es que el juez actuó con celeridad con la medida de amparo para que el Estado nacional entregue la medicación inmediatamente, y luego se continúe con el resto del proceso administrativo”. Para finalizar, contó que “en el caso de los medicamentos de primera necesidad en los que está en juego la vida las medidas cautelares son mucho más rápidas, no así sucede con prótesis de caderas o rodillas que conllevan acciones de amparo por más meses”.
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