Por Redacción Grupo La Verdad
En tanto, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas informaron que esta medida se enmarca en la puesta en marcha del nuevo Régimen de Transparencia Fiscal que comenzó a partir del 1° de enero para grandes empresas y supermercados, y que ahora se extendió a los comercios barriales. En este sentido, también resaltaron la importancia de que todos los comerciantes actualicen los sistemas de venta para evitar sanciones como las mencionadas.
En una nota concedida para el programa “Amanece que no es poco” por LT20 Radio Junín, el Dr. Maximiliano Cabrera, delegado presidente de la Delegación Junín del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, declaró que “a partir del 1° de enero de este año se puso en marcha un nuevo régimen por el cual las grandes empresas están obligadas a o mostrar o desglosar el impacto de los impuestos nacionales en sus productos, fundamentalmente en lo que respecta al IVA”.
Seguidamente, el contador expresó que “las provincias todavía no se expidieron sobre si se adhieren o no a este régimen, y es por eso que impuestos como Ingresos Brutos no aparecen en los montos desglosados”. Luego, comentó que “si bien hubo conversaciones con distintos gobernadores que expresaron su voluntad de adherirse, pero ninguno realizó las gestiones necesarias como para incorporarse al régimen de transparencia fiscal”.
“A partir del 1° de abril todos los contribuyentes que emitan comprobantes por consumo final pueden desglosar el monto con la inclusión del IVA”, afirmó Cabrera y agregó: “Lo que antes solamente aplicaba para grandes cadenas de supermercados o empresas, hoy es obligatorio para todos los comercios que emitan estos comprobantes, por más pequeños que sean”.
Asimismo, sostuvo que “para quienes emitan comprobantes a través de la página oficial de AFIP, va a ser directamente el propio sistema el que se encargue de realizar este desglose”, a lo que sumó: “Al final de la factura emitida por AFIP aparece una leyenda que dice ‘Régimen de transparencia fiscal’ y sobre el margen derecho aparece discriminado el monto del IVA incluido en esa factura”.
“Esto como consumidores no nos va a beneficiar ni perjudicar de forma directa, es decir, no va a cambiar el precio de la operación porque aparezca este monto discriminado, sino que simplemente se informará sobre el impacto del IVA en la misma”, explicó el profesional en Ciencias Económicas.
En el caso de los contribuyentes o emisores de los comprobantes, observó que “se deben actualizar los sistemas para dar cumplimiento a esta nueva reglamentación, porque de lo contrario se establece una sanción de dos a seis días de clausura por no aplicar esto”. Al mismo tiempo, especificó que “si AFIP encuentra que no se cumple con el régimen de transparencia y no se discrimina el IVA incluido, puede proceder a la clausura dentro del margen de días correspondiente”.
“Muchos comercios ya están cumpliendo, pero es importante que cada contribuyente vea y estudie su caso en particular para evitar todo este tipo de sanciones, que generan mayores complicaciones para quienes día a día van a trabajar y abrir un negocio”, subrayó para finalizar.
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