Nacionales
El Gobierno introdujo modificaciones sobre el alcance del IFE
Nuevos requisitos establecidos a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, con respecto al beneficio de $ 10.000.

A través de la Resolución Nº 16/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció una serie de modificaciones con respecto al alcance y las condiciones para acceder al Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
El artículo 2 de resolución, publicada este martes en miércoles en el Boletín Oficial, aclara que los solicitantes del IFE deberá reunir los siguientes requisitos:
-Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado/a, residente en el país, o extranjero/a con residencia legal en la República Argentina no inferior a DOS (2) años anteriores a la solicitud
-Tener entre 18 y 65 años de edad.
No percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por:
-Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, a excepción del realizado en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
-Trabajo por cuenta propia como Monotributistas de categoría “C” o superiores y régimen de autónomos
-Prestación por desempleo.
-Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
-Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del PROGRESAR.
-No serán beneficiadas con el nuevo IFE aquellas personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad “por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2 °».
Además aclara que “cuando el o el solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la ANSES sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o el solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente”.
Por otro lado, se establece que la ANSES solicitará a la Agencia Federal de Ingresos Públicos datos de los solicitantes para avalar las respectivas solicitudes. “La Administración Nacional de la Seguridad Social requerirá a la AFIP la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud”.
El Ministerio de Trabajo estableció oficialmente que el IFE «se abonará a través de una transferencia bancaria en la cuenta del solicitante, siempre y cuando fuera posible este canal. En su defecto, el pago se gestionará a través de otras modalidades que la Anses disponga».
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